Por todas las razones antes expuestas este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara INADMISIBLE la presente solicitud, Así se decide.
Publíquese y regístrese y déjese copia certificada en este juzgado.
Dada firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Heres del Primer Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar, a los Diecinueve (19) días del mes de Spetiembre del año dos mil veintidós (2022). Años 212º de la Independencia y 163º de la Federación.
La juez
Nilymar González Bermúdez
La Secretaria,
Nancy Guevara García
La anterior decisión fue publicada en su mima fecha, siendo las nueve (09:00 a.m) de la mañana.
La Secreta.....