Así mismo se advierte al penado ALEXIS ALEXANDER RAMIREZ URBINA, al incumplimiento del Régimen impuesto así como las Condiciones se le revocará el Beneficio, así como se le abrirá procedimiento conforme a la Ley y será recluido inmediatamente al Internado Judicial de esta ciudad y en vista de la falta grave cometida el día 04-08-2004 es por lo que este Tribunal de Ejecución N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, REVOCA el Beneficio de Régimen Abierto al penado ALEXIS ALEXANDER RAMIREZ URBINA, titular de la Cédula de Identidad N° 14.386.406, se acuerda librar la correspondiente Requisitoria y remitirla a la Dirección de Custodia y Rehabilitación del Ministerio de Interior y Justicia. Ofíciese lo conducente a los Cuerpos de Seguridad del Estado, informándoles que una vez aprehendido el ciudadano ALEXIS ALEXANDER RAMIREZ URBINA, titular de la Cédula de Identidad N° 14.386.406, deberá trasladarlo a.....