Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar declara INADMISIBLE la acción mero declarativa de reconocimiento de unión estable de hecho, interpuesto por el ciudadano KENNEDY MOISES MARIÑO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº Nº V- 8.891.503, no se libra boleta de notificación a la parte actora ya que la sentencia salió en el lapso correspondiente