Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la inhibición formulada por la abogada NAYLEHT DEYANIRA BASANTA RUIZ en su carácter de Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, formulada en el asunto Nº T-SUP-H-N° 126 (9539), contentivo del juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS incoaran los ciudadanos ERICK PRIETO, JOHALI ORTEGA E INVERSIONES TELEFONICA GUAYABAL contra CARROFERTA MEDIA GROUP, C.A., de conformidad con los artículos 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 12, 15, 88 y 247 del Código de Procedimiento Civil. Tómese nota y déjese copia de la presente decisión.