SE ACUERDA su reingreso inmediato a la entidad socioeducativa del Municipio Cocorote, donde permanecerá recluido cumpliendo con la medida de prisión preventiva que le fue decretada conforme a lo establecido en el artículo 581 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, en audiencia de presentación, del 10-11-07, solicitando a tales fines la colaboración del Instituto Autónomo de Policía de esta entidad federal.
Materializada la captura del joven imputado, no existen fundamentos para mantener suspendida la tramitación de este proceso penal adolescencial, en la fase de juicio, razón en virtud de la cual, se fija el día martes 02-12-08, a las 9:00 am, como nueva oportunidad para la celebración de audiencia de constitución del Tribunal Mixto que conocerá del juicio oral y reservado en la presente causa. Líbrense Oficios a los Directores del IAPEY y Casa de Formación Integral de Cocorote. Notifíquese al Fiscal y Defensa especializados y a la víctima. Cúmplase.-.....