Tribunal de Ejecución Nº 1 ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY REDIME LA PENA al penado JOSE RAMON BORGES MENDOZA, titular de la cédula de identidad N° 7.558.246,, por el lapso de UN (1) AÑO, DOS (2) MESES, DIECIOCHO (18) DIAS Y DOCE (12) HORAS, que sumados al tiempo de detención da un total de SIETE (7) AÑOS, OCHO (8) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, faltándole por cumplir de la pena ONCE (11) MESES Y VEINTIDOS (22) DÍAS que vence el 10-11-2010 a las 12p.m.. Así mismo se evidencia que las 3/4 partes de la pena para optar a la GRACIA del CONFINAMIENTO son (6 años), la cual se encuentran cumplidas, por lo que el Penado antes identificado deberá consignar constancia de Residencia a fin de que este Tribunal se pronuncie sobre el otorgamiento de la misma. Expídase copia certificada del presente auto para su remisión al Internado Judicial de esta ciudad. Remítase copia al Penado indicándole que debe consignar constancia de Residencia. Notifíquese a la Defen.....