Por todo el razonamiento tanto de hecho como de derecho anteriormente expuesto, este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: "CON LUGAR" el recurso ordinario de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada solidaria, contra sentencia de fecha 21 de Abril de 2014, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial. ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: SE MODIFICA la recurrida decisión según a los términos indicados en la parte motivacional del presente fallo y, en consecuencia se declara "CON LUGAR" la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales incoada por la ciudadana HERMENEGILDA ZENOBIA VALLES contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO YARACUY, ambas partes suficientemente identificadas a los autos. ASI SE DECIDE.
TERCERO: Se conden.....