Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la demanda por Restitución de los Cánones de Arrendamiento y la Nulidad Absoluta del Contrato de Arrendamiento, incoada por el ciudadano Jaime Alfredo Moreno Olea, en contra del ciudadano Rafael Enrique Figuera Ramos, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-11.518.744 .