DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Cuarto en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud interpuesta por el profesional del Derecho Dr. Germán Rafael Quijada Mercado, Defensor de los imputados CARLOS IGNACIO VELEZ GONZÁLEZ, y GUILLERMO JESUS VILLA ZAPATA, ampliamente identificados, en el sentido que se REVISE LA MEDIDA que le fue dictada por este Tribunal Cuarto de Control, debido a la necesidad de mantener las medidas cautelares a los fines de evitar que quede enervada la acción de la justicia. Asimismo acuerda lapso de presentaciones los días treinta (30) de cada mes ante la Fiscales antes mencionada, quien deberá informar a este Tribunal del fiel cumplimiento de la misma. Ofíciese. Cúmplase.
Juez Provisorio Cuarto de Control.
Dr.....