En mérito de todas las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR la demanda por COBRO DE BOLIVARES intentada por el BANCO CARONI Banco Universal contra la sociedad de comercio DEWRICA C.A representada por WILLIAMS GALLARDO, IRDALIA MINOTTI y/o MIGUEL MINOTTI y contra los ciudadanos WILLIANS GALLARDO y IRDALIA MINOTTI en su carácter de fiadores solidarios y principales pagadores de la empresa DEWRICA C.A. En consecuencia, se condena a la demandada a pagar la suma de TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO BOLIVARES CON 36/100 (Bs. 347.978,36) que es saldo insoluto de los instrumentos objeto de la demanda, los cuales fueron discriminados anteriormente y la cantidad de cuatrocie.....