Por todos los razonamientos precedentemente establecidos, este Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la Ciudadana ZAIDA VAHLIS, abogada en ejercicio, e inscrita en el I.P.S.A, bajo el Nro. 38.582, asistiendo a la Ciudadana ROSA AMELIA, HERRERA MORALES, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.125.161, en contra de la sentencia cautelar dictada en fecha 02 de diciembre del 2014, por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, que declaró IMPROCEDENTE la medida de suspensión provisional de los efectos del acto administrativo Nº 2014-00625, de fecha 22 de octubre de 2014, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO "ALFREDO MANEIRO" DE PUERTO O.....