DECISIÓN
En mérito de las presentes actuaciones en esta causa y con base a los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara Con Lugar la presente solicitud de Adopción, en consecuencia se DECRETA LA ADOPCIÓN NACIONAL CONJUNTA Y PLENA de la niña IDENTIDAD OMITIDA, nacida el día 19 de Enero del 2.008, de diez (10) años de edad, hija de los Ciudadanos SUNAI MARÍA ÁLVAREZ NAVARRO y JULIMER FELIPE MEDINA, ambos venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-18.768.840 y V-17.923.595 residenciados en el municipio Miranda, Coro del Estado Falcón, inscrita bajo el N° 583, Tomo 03, del año 2.008, que cursa al folio 09 y vto., del expediente, expedida por la Comisión de Registro Civil y Electoral, Oficina de Registro Civil de la .....