y en consecuencia se autoriza la salida del Centro de Tratamiento al residente de autos.
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley Acuerda Conceder el Permiso Especial Supervisado, para el residente ALI RAMON PADRON titular de la cédula de identidad N° 7.096.467, el cual debe cumplir con las siguientes condiciones: 1.-) Debe mantener como residencia la siguiente: Comunidad La Manguita, calle provenir, casa N° 45, Valencia Estado Carabobo, y en caso de cambio debe solicitar autorización del tribunal 2.-) Asistir puntualmente con las entrevistas que le sean fijadas por su Delegado de Pruebas, 3.-) Incorporarse inmediatamente al área de trabajo y cualquier cambio de actividad laboral debe participarlo al Delegado de Pruebas y al Tribunal, 4.-) Mantener responsabilidades familiares, 5.-) Prohibición de consumir bebidas alcohó.....