"Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", resuelve:
Declarar penalmente responsable al adolescente: JEAN JORGE GARCÍA, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.742.799, de 17 años, soltero, fecha de nacimiento 10/02/1991, residenciado en el Guayabo Barrio El Cienego calle principal, casa sin número, color azul del municipio Veroes estado Yaracuy, por la comisión del ilícito penal de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas previsto en el Artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Sociedad y lo sanciona a cumplir las medidas de: Privación de Libertad por el lapso de un (01) año e igualmente lo sanciona a cumplir las medidas no privativas de Libertad de Reglas de Conducta dos (02) años, de acuerdo a lo previsto en el artículo 620 literales f) b) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.....