Se dictó sentencia declarándose PARCIALMENTE CON LUGAR LA QUERELLA incoada por la ciudadana ONEIDA DEL CARMEN RAMOS GUZMÁN contra el ESTADO BOLÍVAR, en consecuencia, se le ORDENA por órgano de la Gobernación cancelarle a la querellante los intereses moratorios generados por el retardo en el pago de las prestaciones sociales y demás beneficios salariales, cuya cantidad se ordena calcular mediante experticia complementaria del fallo conforme los lineamientos expuestos en la parte motiva del fallo.