En consecuencia de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con lo establecido en los artículos 253 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; declara: Que HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del procedimiento de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS presentado por la ciudadana LOURDES MARIA MONTAÑO LOPEZ, abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 125.601, en su condición de apoderada judicial de la parte demandante de autos contra los demandados solidarios los ciudadanos INDIRA MARVELLYS SILVA Y MARIO JOSE GARCIA, venezolanos, titular de las cedulas de identidad Nº 11.172.883 Y 15.242.118 respectivamente; en consecuencia de lo anterior, se procederá como sentencia pasada en autoridad de cosa juz.....