DECISIÓN
En consecuencia de las anteriores consideraciones, este Tribunal de Primera Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil y Agrario del segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, SE ABSTIENE DE ADMITIR LA PRESENTE SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO, incoada por la abogada en ejercicio NIEVES MANRIQUE GUTIERREZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nro. 78.660, en su carácter apoderada judicial del ciudadano JESUS HERARDO MOLINA SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.859.800, domiciliado en el Manteco, sector Campo Bolivariano, del Municipio Piar del Estado Bolívar, por cuanto se evidencia una clara omisión en la presente solicitud.- En consecuencia, se ORDENA librar el presente despacho saneador a los fines de que la parte accionante, cumpla con lo indicado por este Juzgado para proceder a su admisión, y en consecuencia a los efectos de la admisión o no de la presente solicitud se exhorta a la parte acc.....