En mérito a las consideraciones que anteceden, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Tercero del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 259 del Código Orgánico Procesal Penal, declara PROCEDENTE la sustitución de la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad de Fianza personal por una Caución Juratoria, decretada en contra del imputado MIGUEL ANGEL VERA BARRIOS, venezolano, de 26 años de edad, natural de La Azulita, Estado Mérida, nacido en fecha 31-10-83, de estado civil soltero, titular de la cédula 19.862.067, agricultor, residenciado en el Sector Caño Guayabo Alto, La Azulita, Municipio Andrés Bello, Estado Mérida, se mantienen las presentaciones periódicas cada 30 días por ante este Circuito Judicial Penal, a tenor de lo dispuesto en el artículo 256 numeral 3 y 8, artículo 259 d.....