En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la demanda de establecimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentada por la ciudadana NELLY MARIA LOZADA GIMENEZ, mayor de edad, residenciada en la urbanización Las Trincentenaria calle 3 casa No. 34 de la población de Yaritagua, Municipio Peña del estado Yaracuy, venezolana y titular de la cédula de identidad Nº 7.417.885 contra el ciudadano LUIS ENRIQUE MARTINEZ LUCENA, mayor de edad, domiciliado en el barrio camino nuevo III calle Bolívar al lado de la capilla San José Yaritagua, de estado Yaracuy, titular de la cédula de identidad Nº 12.083.814, en beneficio de su hijo el niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, de ocho (8) años de edad, naci.....