este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara SIN LUGAR la solicitud hecha por los acusados EDWIN YHOAN SÁNCHEZ DUGARTE, JONNY ESCALANTE PORTILLO y DOUGLAS JAVIER CONTRERAS ARELLANO, en relación a la Inhibición por parte de quien suscribe, Abg. ROSARITO MÉNDEZ BARONE, en su condición de Jueza en Funciones de Juicio Nº 01, e insta a los solicitantes antes mencionados, a no incurrir en dilaciones procesales, que a todas luces los perjudica como justiciables. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
JUEZA DE JUICIO N° 01
ABG. ROSARITO MÉNDEZ BARONE
LA SECRETARIA
ABG. __________________
En fecha ________ se libraron Boletas de Notificación Nros.______________________________________.