Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda el sobreseimiento provisional conforme a lo establecido en el artículo 561 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente a favor del adolescente Darwis Leonel Quintero Gutiérrez antes identificado por la comisión del delito de Hurto y Robo de Vehículos previsto en el artículo 5 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículos.