DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en uso de las atribuciones legales conferidas en los artículos 616, 645, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA PRESCRITA LAS SANCIONES impuestas al joven (identidad omitida), en sentencia dictada por el Tribunal de Control N° 1 de esta Sección y Circuito, mediante la cual se le condenó a cumplir las medidas de LIBERTAD ASISTIDA por espacio de UN (1) AÑO y REGLAS DE CONDUCTA por el tiempo de DOS (2) AÑOS; y en consecuencia, ORDENA LA CESACIÓN DE LAS MEDIDAS por haber operado la prescripción, DECRETÁNDOSE LA LIBERTAD PLENA del joven sancionado, antes mencionado, en este asunto por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el ar.....