este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, interpuesta por los ciudadanos SANTIAGO RAMÓN GUTIERREZ e IRMA MERCEDES CASTELLANOS CORDERO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de Identidad Nos. V-2.572.787 y V-4.483.025 respectivamente, domiciliados el primero, en la calle 3, Sector San Gerónimo, casa N° 11-737, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, y la Segunda en la Avenida Cedeño, Callejón La Mosca, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy; asistidos por el Abogado LUIS JOSÉ MEJÍAS PÉREZ, inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado (Inpreabogado) bajo el No. 199.555. En consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por lo.....