Ante tal oposición, considerando que con los recaudos consignados por el ciudadano LUIS ANGEL HENRIQUEZ, específicamente de contrato de arrendamiento para Uso Residencial/Comercial, de fecha 31 de mayo de 2016, celebrado entre la Alcaldía del Municipio Autónomo Sifontes del estado Bolívar; se constatan elementos sobre la posesión, en el área de terreno señalada por la parte opositora, siendo que parte de ese ejido municipal, le fue dado en arrendamiento; es por lo que este Tribunal NIEGA ACORDAR la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano JOSE EDUARDO AGUILARTE JIEMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nro. V-11.532.430, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, conforme a que las Justificaciones o diligencias dirigidas a asegurar la posesión o algún derecho, sólo pueden ser acordadas mientras no haya oposición basada en causa legal. En consecuencia tratándose que este es un Procedimiento de J.....