Mediante Resolucion Nº: este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, declara INADMISIBLE la solicitud de DECLARACION DE DECLARACION DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS intentada por la ciudadana: YOLANDA ROSALBA HURTADO BIRRIEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula Nº V-4.598.952, actuando en su propio nombre y de los ciudadanos NICOLAS GILBERTO HURTADO BIRRIEL, venezolano , Mayor de edad , titular de la cedula Nº 4.598.951 ,ALEJANDRA MARIA HURTADO BIRRIEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº5.554.672 y VALENTINA HURTADO BIRRIEL, venezolana , mayor de edad , titular de la cedula Nº V-8.868.921.-