D E C I S I Ó N
En mérito de las consideraciones precedentes, el Juzgado Segundo de
Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Administrando
justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara de oficio
CONSUMADA LA PERENCIÓN, y, en consecuencia, EXTINGUIDO EL
PROCESO, contentivo del juicio por mero declarativa de concubinato incoada por la ciudadana Karelis del Valle González Narváez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-13.684.229, contra los ciudadanos Risbelis del Valle Montaños Campos, Rismaer del Valle Montaños Campos y Dilan del Valle Montaño Rojas.