por Autoridad de la Ley, ACUERDA: LA COLOCACION FAMILIAR PROVISIONAL en beneficio de la ciudadana MARIA VICTORIA MENDOZA GUEVARA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 10.732.802 domiciliada, la calle Nº 1 entre avenida 1 y 2 Chivacoa Municipio Bruzual del estado Yaracuy , a favor de la niña (Identidad omitida, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la LOPNNA), nacida el 09 de Diciembre de 2015 , quien deberá ejercer la custodia de la misma, la tendrá bajo su cuidado y responsabilidad, así mismo deberá darle todas las atenciones necesarias para garantizar su integridad física y su atención integral hasta que este tribunal determine otra modalidad de protección. Entréguese dos juegos de copias certificadas de la presente sentencia a la parte solicitante.