En consecuencia, este Tribunal libra el oficio respectivo al Médico Forense de esta ciudad de El Vigía y una vez sea recibido el resultado de la experticia se decidirá en cuanto a la solicitud de sobreseimiento en la presente causa. Por tal razón, a los fines de cumplir con el Derecho a la Salud, el cual es una garantía del Estado Venezolano, el cual se compromete al tratamiento oportuno y rehabilitación de calidad, teniendo todas las personas el derecho a la protección de la salud y el de cumplir con las medidas sanitarias que establezca la ley, preservando el principio de inocencia y los elementos de convicción que hacen procedente un sobreseimiento y le quitan el carácter penal al hecho objeto del presente proceso penal, se le concede la Libertad Plena a la ciudadana MARÍA ELENA RODRÍGUEZ DÍAZ, debidamente identificada en autos. Este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio N° 03, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, considera.....