Por todo lo precedentemente establecido, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PERIMIDA LA INSTANCIA en la acción de nulidad propuesta por la sociedad mercantil FOTO ESTUDIO ROMA DISEÑOS E IMPRESIONES, C.A., a través su representante legal, ciudadano GIANMARIO LA ROCCA LEZAMA, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 11.532.303, asistido judicialmente por el profesional del derecho SALAZAR SAAVEDRA ENRIQUE RAFAEL, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 43.039, en contra del ACTO ADMINISTRATIVO, dictado por la SUBINSPECTORÍA DEL TRABAJO DE SAN FELÍX, contenido en el expediente Nº 074-2012-01-00183, de fecha 26 de octubre de 2012, que ordenó el reengache y restitución jurídica infringida así como el pago de los salarios caídos y demás beneficios dejado.....