En lo que concierne a la Medida de Reglas de Conducta, en relación al adolescente: (IDENTIDAD OMITIDA), por el lapso de nueve (09) meses, la misma consiste en: 1.- El adolescente debe mantener sus estudiando y consignar ante el Tribunal constancia de estudio y de notas aprobadas, 2.- Buscar y Mantener en una actividad laboral que le permita proveer sustento tanto para el, como para su familia y presentar ante el Tribunal la respectiva constancia de trabajo, 3.- No cometer otro hecho punible, donde se vea involucrada su responsabilidad penal, 4.- No portar ningún tipo de armas, blanca, o de fuego, 5.- Cumplir con sus presentaciones una (1) ves al mes es decir cada treinta (30) días, ante el Tribunal de Ejecución por el lapso de nueve (09) meses.