Se dictó sentencia declarándose PERIMIDA la INSTANCIA en el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD incoado por la FUNDACIÓN PRO-PATRIA 2000, contra las Resoluciones Nros. AMGMC-DA 041-2011 y AMGMC-DA 062-2011, la primera publicada en Gaceta Municipal Nº G-18 de fecha cuatro (04) de marzo de 2011 y la segunda publicada en Gaceta Municipal Nº G-25 de fecha veintinueve (29) de abril de 2011, ambas dictadas por el Alcalde del Municipio General Manuel Cedeño del Estado Bolívar, mediante las cuales declaró inexistente el contrato de arrendamiento suscrito entre el Municipio recurrido y la parte recurrente y, sin lugar el recurso de reconsideración ejercido por la referida Fundación, en consecuencia, se ordena su remisión al Archivo Judicial.