El Tribunal al examinar el DESISTIMIENTO del proceso efectuado por el ciudadano Héctor Rafael Camacho – previamente identificado - parte demandante, debidamente asistido por la abogada en ejercicio IGNAMAR ARANGUREN, observa que el mismo ha sido expuesto de manera suficientemente clara, pues deja en absoluta evidencia la voluntad de dar por terminada la presente demanda; en consecuencia, al cumplir el referido desistimiento con los extremos de ley, y no ser contraria a derecho, este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CONSTITUCIONAL, MERCANTIL, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y AERONÁUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en nombre de la República y por autoridad de la Ley imparte su aprobación en todas y cada una de sus partes y, HOMOLOGA, el desistimiento de la acción realizado por la parte actora, ello conforme a lo establecido en los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, dándole carácter de SENTENCIA PASADA CON AUTORIDAD EN .....