D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. JESÚS RAMÓN GARCÍA BOLÍVAR, actuando con el carácter de coimputado, donde Apela de la Decisión de fecha 30/07/2007, dictada por la Juez Segunda de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, extensión territorial Puerto Ordaz, en la cual decretara Sin Lugar la excepción opuesta por los ciudadanos Maria Girón Galito, Jesús Ramón García y Kinen Aboud Nazur. En consecuencia queda CONFIRMADA la decisión recurrida, por encontrase, la misma, en total asidero a las normas Constitucionales y procedimentales.
Diarícese, publíquese, y regístrese.
Dada, f.....