Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana admitió el presente recurso contencioso, interpuesto en fecha 20 de julio de 2010, por los Abogados Celeste Rodríguez Pinto, Einar Tovar Porra y Mireya Madrid Calzadilla, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 10.567.751, 3.022.042 y 4.595.793, respectivamente, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 45.606, 6.340 y 15.742 respectivamente, representantes judiciales de la empresa FABRICA DE MOSAICOS ORINOCO DE GUAYANA, C.A., domiciliada en el Centro Comercial Alcadípa, Local Nº 2, Avenida Jesús Soto, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, contra las Resoluciones de Imposición de Sanción y Determinación de Intereses Moratorios contenidas en las Planillas de Liquidaciones Nº 9089002840, 9089002839, 9089002838, 9089002837, 9089002836, 9089002835, 9089002834, 9089002831, 9089002833, 9089002841, 9089002842, 9089002824, 9089002826, 9089002827, 9089002828, 9089002832, 9089.....