Por las motivaciones que anteceden, este JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR EXTENSIÓN TERRIORIAL PUERTO ORDAZ, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROPONIBLE la solicitud de REGULACIÓN DE COMPETENCIA interpuesta por el ciudadano RUBÉN GONZÁLEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 5.489.593, en su carácter de Secretario General de la organización SINDICATO INTEGRAL DE TRABAJADORES DE FERROMINERA DEL ORINOCO C. A. (SINTRAFERROMINERA), y por los ciudadanos ALBERTO CONTRERAS y ROGER SALAZAR, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nº 5.552.916 y 10.574.338 respectivamente, en su carácter de trabajadores de la empresa CVG FERROMINERA ORINOCO, C. A. y MIEMBROS DE LA COMISIÓN ELECTORAL DEL SINDICATO INTEGRAL DE TRABAJADORES DE FERROMINERA .....