Por virtud de lo que antecede, los que suscriben, los ciudadanos JAVIER ENRIQUE CARDENAS CENTENO, GILBERTO DE JESUS ASCANIO GARCÍA y OMAR RAFAEL URBANEJA, antes identificados y CONSORCIO SIDERÚRGICO PIAR, solidariamente DELL´ACQUA C.A., GERENPRO C.A. e INVERSIONES Y CONSTRUCTORA PEMAR C.A. acuerdan impartirle a esta transacción, el valor de cosa juzgada y, en tal sentido, solicitan a este Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con Sede en Puerto Ordaz, le imparta la respectiva homologación y provea conforme a lo previsto en el ordinal 2° del artículo 89 de la Constitución Nacional, en concordancia con el artículo 19 del Decreto Ley Orgánica del Trabajo Los Trabajadores y Las Trabajadoras, concatenado con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo vigente, así como también lo previsto en el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y en los artículos 1.713 y.....