DISPOSITIVO
Con las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decide:
PRIMERO: Se anula la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio No. 1 de este Circuito Judicial Penal, al constatarse el vicio de inmotivación del fallo. SEGUNDO: Se ordena al Juez de Juicio Nº 1 de este Circuito Judicial Penal dicte un nuevo pronunciamiento con prescindencia de los vicios aquí develados y con estricta sujeción a las orientaciones planteadas en el presente fallo. TERCERO: Se ordena y así se apercibe al Juez de Juicio que actualmente conoce esta causa penal, que aperture el Juicio Oral y Público, garantizando los derechos de las partes en los términos establecidos en la Norma Suprema y en el Código Orgánico Procesal Penal. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en .....