Por las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil,
Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado
Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por
autoridad de la Ley, NIEGA la medida preventiva de secuestro solicitada por el abogado
ITALO ATENCIO MORA en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el juicio
de DESALOJO contra INVERSIONES LA BENDICIÓN DE DIOS, C.A.