PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada recurrente contra la decisión dictada en fecha catorce (14) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023), por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en el asunto signado con el Nº UP11-L-2023-000070, ASÍ SE DECIDE.-
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia recurrida, en toda y cada una de sus partes, de fecha catorce (14) de noviembre del año dos mil veintitrés (2023) y se repone la causa al estado de que se fije nuevamente la celebración de la audiencia preliminar.
TERCERO: No hay condenatoria en costas en la presente apelación por la naturaleza de la decisión. ASI SE DECIDE.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión. Luego líbrese oficio al Tribunal de origen junto con el expediente, una vez firme ésta en la oportunidad procesal correspondiente.