Se dictò decisión en la presente causa acogiendo la calificación correspondiente a los Delitos de Amenaza y Violencia Fisica, previsto y sancionado en los articulos 41 y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida libre de Violencia. Se acordó medida de protección y Seguridad a la ciudadana MINERVA MARIA DASILVA de las establecidas en los ordinales 5ºy 6º del articulo 87 de la referida Ley especial. Se acordo Medida cautelar sustitutiva de la Privativa de Libertad de la establecida en el articulo 256 ordinal 3º al ciudadano DELVIS EDUARDO MARTINEZ, consistente en presentaciones cada 30 dias por ante la Oficina de Alguacilazgo. Se acordo seguir la presente causa por el procedimiento especial. Quedando debidamente notificadas las partes de la presente decisión en fecha 20/01/2009.