este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RECHAZA el nombramiento del Abogado Defensor JUAN CARLOS LUGO RAMÍREZ, hecho por el acusado WILLIAN MACKALIESTER DELGADO. Y ordena que el proceso siga su cauce con la Defensora Pública Abg. Carmen Elena Ojeda ya designada, dejando salvo, claro está, el derecho de nombrar a cualesquiera otro profesional del derecho respecto al cual previamente no exista declaratoria de abandono de defensa. En el entendido aquí advertido, que tal ejercicio debe ser oportuno y no intempestivo, con fines de obstrucción respecto al juicio oral y público convocado para el día ocho de febrero del presente año dos mil once (08-02-2011). Vista la declaratoria de abandono de defensa, no queda otra alternativa a esta Juzgadora, que ratificar la EXCLUSIÓN del ABOGADO JUAN CA.....