este Tribunal de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el Artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO del ciudadano GEOVANNY JOSÉ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, quien es venezolano, mayor de edad y portador de la Cédula de Identidad Nº. 7.181.649, la cual está inserta bajo el Nº 228, de los libros de nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio San Pablo del Estado Yaracuy para el año 1960, hoy día, Dirección de Registro Civil del Municipio Arístides Bastídas del Estado Yaracuy. En tal sentido, donde aparezca el siguiente error, sea corregido de la manera que a continuación se expresa: En la Partida de Nacimiento se lee: "ROSA ALEJANDRINA RODRIGUEZ", es decir; que trascribieron erróneamente nombre de la madre del ciudadano sol.....