Por todas las consideraciones antes expuestas este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PIAR Y PADRE PEDRO CHIEN DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la solicitud de Divorcio 185-A presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos: EDGARDO JOSÉ FLORES HERNÁNDEZ y MARIANELLA AYALA PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.535.891 y V-9.908.214, respectivamente, asistidos en este acto por la abogada en ejercicio VIOLETA JOSEFINA BETANCOURT RUIZ, inscrita en el Inpreabogado, bajo el número: 205.723, en fecha trece (13) de octubre de 1980, contrajeron Matrimonio Civil por ante el registro civil de Upata, Municipio Piar del Estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimon.....