Recibida por distribución la solicitud que antecede, suscrita y presentada por los ciudadanos: JUANA DOLORES PARRA, MARIA ELOISA QUIROZ PARRA, PASTOR DOMINGO QUIROZ, Venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de Identidad Nros. 7.403.667, 15.108.354, 6.194.633, respectivamente, domiciliados en el Municipio Peña del Estado Yaracuy, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio Henry J. Mota, Inpreabogado Nro. 13.181, mediante la cual solicitan a este Tribunal se sirva conferirle de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil TITULO SUPLETORIO sobre unas bienhechurías fomentadas en un área de terreno de de origen Municipal, que mide doscientos ochenta y nueve con treinta y dos centímetros (289,32 m2), ubicado en el callejón 03, sector Montañita de la población de Yaritagua, Municipio Peña del Estado Yaracuy. Por cuanto observa el Tribunal que en la presente solicitud, uno de los beneficiarios es una menor de edad y como quiera que este.....