Declarado lo anterior este Tribunal para decidir observa que el ciudadano EMILIO RAFAEL SAAVEDRA PEREZ, solicita se declare la extinción del vínculo conyugal que lo une con la ciudadana IRMA INFANTE, que habían contraído matrimonio civil ante el Registro Civil del Municipio Caroni del estado Bolívar en fecha 02 de Octubre del año 1981 en la Oficina del Registro Civil de de Matrimonios en razón de existir desafecto e incompatibilidad de caracteres entre su persona y su cónyuge, en atención a lo cual este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara "CON LUGAR" la solicitud presentada y, en consecuencia, disuelto por divorcio el matrimonio contraído por los ciudadanos: EMILIO RAFAEL SAAVEDRA PEREZ e IRMA INFANTE Así se decide.
Una vez firme la presente decisión ofíciese.....