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Decisiones del dia 21/03/2025

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : 15.937-25 N° Sentencia : Fecha: 21/03/2025
Procedimiento:
Divorcio Mutuo Consentimiento
Partes:
YOLIMAR JOSEFINA RODRIGUEZ MONTAÑO Y LUIS JOSE PINTO CARMONA, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NROS. 16.393.522 Y 13.122.992, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos YOLIMAR JOSEFINA RODRIGUEZ MONTAÑO Y LUIS JOSE PINTO CARMONA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 16.393.522 Y 13.122.992, respectivamente., se advierte que, desde la presente fecha, La mujer no podrá usar en lo adelante el apellido del que fue esposo y ambos quedan libres para contraer nuevas nupcias. Liquídese la Comunidad Conyugal si la hubiere y ofíciese lo conducente al despacho que realizó el matrimonio civil por auto separado de esta misma fecha.
Juez/Ponente:
Mayra Gabriela Urbaneja Zabaleta
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito
arriba

N° Expediente : 15.941-25 N° Sentencia : Fecha: 21/03/2025
Procedimiento:
Divorcio Mutuo Consentimiento
Partes:
ANYELI JOSEFINA DEVERA BELLO Y REYNALDO ANTONIO LIRA ARCILA, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NROS. 16.393.235 Y 11.206.348 RESPECTIVAMENTE
Resumen:
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos los ANYELI JOSEFINA DEVERA BELLO Y REYNALDO ANTONIO LIRA ARCILA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 16.393.235 Y 11.206.348 respectivamente, se advierte que, desde la presente fecha, La mujer no podrá usar en lo adelante el apellido del que fue esposo y ambos quedan libres para contraer nuevas nupcias. Liquídese la Comunidad Conyugal si la hubiere y ofíciese lo conducente al despacho que realizó el matrimonio civil por auto separado de esta misma fecha.
Juez/Ponente:
Mayra Gabriela Urbaneja Zabaleta
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito
arriba

N° Expediente : 15.936-25 N° Sentencia : Fecha: 21/03/2025
Procedimiento:
Rectificacion De Acta
Partes:
CIUDADANO OSMAYKEL JOSE VELASQUEZ GUEVARA, VENEZOLANO MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NROº2 5.084.442, ASISTIDO POR LA DEFENSORA PUBLICA ANGELICA MOLINA, INSCRITA EN EL IPSA BAJO EL NROº 193.333
Resumen:
Por las motivaciones anteriormente expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia: PRIMERO: Se declara con lugar la rectificación del acta de Nacimiento la cual se encuentra asentada bajo el número 2270, del Libro nro. 5B llevados por el Registro Civil del Municipio Caroní del estado Bolívar, durante el año 1995, en la cual por error de transcripción, señalaron: que había nacido en el 1995siendo lo correcto1994, en consecuencia, se ordena la remisión de copias certificadas de la presente decisión al Registro Civil, a los fines de que estampe la correspondiente nota marginal en el acta correspondiente; de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, en concordancia con el artículo 502 del Códi.....
Juez/Ponente:
Mayra Gabriela Urbaneja Zabaleta
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito
arriba

N° Expediente : 15.938-25 N° Sentencia : Fecha: 21/03/2025
Procedimiento:
Divorcio Mutuo Consentimiento
Partes:
GIULIO CESAR BARRIOS CARBONI Y YARITZA DEL CARMEN ROMERO ZABALETA, VENEZOLANOS, MAYORES DE EDAD, TITULARES DE LAS CEDULAS DE IDENTIDAD NROS. 16.395.199 Y 13.334.088, RESPECTIVAMENTE.
Resumen:
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos GIULIO CESAR BARRIOS CARBONI Y YARITZA DEL CARMEN ROMERO ZABALETA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 16.395.199 Y 13.334.088, respectivamente, se advierte que, desde la presente fecha, La mujer no podrá usar en lo adelante el apellido del que fue esposo y ambos quedan libres para contraer nuevas nupcias. Liquídese la Comunidad Conyugal si la hubiere y ofíciese lo conducente al despacho que realizó el matrimonio civil por auto separado de esta misma fecha.
Juez/Ponente:
Mayra Gabriela Urbaneja Zabaleta
Organo:
Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito
arriba

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