actuando en sede Civil, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley" DECLARA CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: OROPEZA CISNEROS, MARBELYS COROMOTO Y MONTEZUMA GRATEROL, REINALDO JOSÉ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-15.966.570 y V-12.727.443, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada ONORINDA CORDERO DE SILVA, inscrita en el Inpreabogado con el número 216.110, en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados cónyuges, en fecha treinta (30) de Diciembre de mil novecientos noventa y seis (1996) por ante la Coordinación de Registro Civil del Municipio Urachiche, Estado Yaracuy, según acta de matrimonio inserta bajo el Nº 63, del Libro de Matrimonios llevado para el año 1996.