Por lo anteriormente expuesto, y siendo que en el caso bajo estudio no compareció la parte actora ni mediante su representación judicial a la celebración de la Audiencia de Juicio, debe este Juzgado declarar la consecuencia jurídica prevista para tales efectos al considerar desistido el proceso, y en consecuencia, éste Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar Extensión Territorial Puerto Ordaz, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en la causa intentada por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACION LABORAL, interpuesto por el ciudadano FELIX DANIEL CASTRO PATIÑO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V- 10.147.121, contra la empresa DEIVYS MOTOR`S, C.A.
Dada, firmada y sellada en la sede del Despacho del Tribunal Cuarto (4º).....