este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante recurrente contra la decisión proferida en fecha 06 de diciembre de 2016, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Ciudad, en la causa signada con el Nº FP02-L-2015-000079. TERCERO: SE ANULA el fallo recurrido, y en consecuencia se declara PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA por ACREENCIAS LABORALES interpuesta por los ciudadanos FELIX MORENO, GELSON FIGUEREDO, YENFER MORENO, DAVID MORENO y DEIVIS ANTONIO ROJAS, por lo que se condena a la empresa PROAGRO, C.A., todos plenamente identificados a los autos, a cancelarle a los accionantes los conceptos y montos establecidos en la parte motiva de la presente decisión.