ESTE TRIBUNAL QUINTO EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLÍVAR, EXTENSIÓN TERRITORIAL PUERTO ORDAZ, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la Investigación seguida al Ciudadano: YOSMER GREGORIO HERNANDEZ CAPELLA, ya ampliamente identificado en autos, conforme al Artículo 318 Ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal. De igual manera se deja Sin Efecto toda medida de coerción en su contra, como cualquier Orden de Aprehensión que haya en su contra y así se decide.